Tal y como se recoge en los estatutos del IMEFE, en el Capítulo 1 de Disposiciones generales, Artículo 4, punto 1, para el logro de sus fines ejercerá entre otras las siguientes funciones y competencias: a) Poner en marcha programas de promoción e inserción profesional en favor de los jóvenes y desempleados con sus propios recursos o en coordinación con otras entidades y particulares. b) Instrumentar acciones conducentes a un aumento del nivel y calidad de la Formación Profesional Ocupacional y el empleo. c) Diversificar la oferta en materia de formación profesional ocupacional, promoviendo su adaptación a los cambios económicos, tecnológicos y sociales y orientarla hacia los oficios y trabajos que demanda el mercado laboral.