Por «prospección de empresas» entendemos todas aquellas actividades que permiten captar nuevas empresas participantes en la FP dual, así como todas aquellas actividades que permiten generar y dar seguimiento a nuevos proyectos entre empresas y centros educativos.
En algunos países de nuestro entorno la regulación de la Formación Profesional indica las entidades responsables de realizar las tareas de prospección de empresas. En el caso de sistemas más de tipo «Company-based», son actores del mercado laboral los que lideran estas acciones. En el caso de sistemas más del tipo «School-based», esta tarea suele estar delegada en los propios centros educativos.
En definitiva, los distintos países buscan soluciones adecuadas para su propio contexto. Sin embargo, en todos estos países la prospección de empresas es una tarea importante para mantener «el carácter dual de la Formación Profesional», por utilizar la terminología que plantea la recientemente aprobada ley 3/2022.
En España, y para la FP dual del sistema educativo, esta tarea ha estado asumida mayoritariamente por los propios centros educativos y las consejerías de educación de las diferentes CC. AA.; efectivamente, la implantación de la modalidad dual se efectuó, en la mayor parte de territorios, partiendo de los contactos y las empresas que ya participaban en la FCT. En la actualidad, algunas organizaciones del mercado laboral también realizan estas actividades, en ocasiones con notable éxito.
La ley 3/2022 reconoce, en su artículo 89.2, la figura de la persona prospectora como el enlace entre empresas y centros educativos, y la dibuja con «carácter docente o no». El nuevo marco que propone dicha ley conllevará una mayor relevancia de la tarea de prospección de empresas, con el objetivo final de asegurar una relación todavía más estrecha entre empresas y centros educativos, y un buen funcionamiento del «carácter dual» de la Formación Profesional.
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